RESPUESTAS EXPERTAS
DE LA COMUNIDAD
2 PISTAS DE PERSONAS CON SUPERPODERES
Micky
Experto en derecho sanitario (Derecho y justicia)
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Valoración aportada el 13-05-2024
Se puede y, en mi valoración... hasta "se debe".
El artículo 23.2 del Código de Deontología Médica indica expresamente que estas prácticas son contrarias a la deontología profesional (por tanto sancionables, eventualmente, en vía colegial).
Si estas terapias son, además, terapias aversivas o conversivas (en materia de orientación o identidad sexual) son expresamente sancionables por aplicación de la conocida como "Ley Trans" (art. 17 y 74.4.d).
Parte del núcleo de la cuestión sería qué cosa considerar "pseudoterapias". Habrá ejemplos muy evidentes (sobre los que ya exista pronunciamiento, por ejemplo) y una amplia escala de grises en la que, si no hay daño a pacientes, pueda no sancionarse.
El artículo 23.2 del Código de Deontología Médica indica expresamente que estas prácticas son contrarias a la deontología profesional (por tanto sancionables, eventualmente, en vía colegial).
Si estas terapias son, además, terapias aversivas o conversivas (en materia de orientación o identidad sexual) son expresamente sancionables por aplicación de la conocida como "Ley Trans" (art. 17 y 74.4.d).
Parte del núcleo de la cuestión sería qué cosa considerar "pseudoterapias". Habrá ejemplos muy evidentes (sobre los que ya exista pronunciamiento, por ejemplo) y una amplia escala de grises en la que, si no hay daño a pacientes, pueda no sancionarse.
Emilio
Experto en pseudoterapias (Psicología)
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Valoración aportada el 14-05-2024
La práctica de pseudoterapias son denunciables en todo caso a la Consejería de Sanidad provincial donde se estén llevando a cabo, pero, además, si es un médico quien la práctica podría ser denunciado a su Colegio Médico por estar faltando al artículo 21 de su Código Deontológico:
https://www.cgcom.es/sites/main/files/files/2022-03/codigo_deontologia_medica.pdf
https://www.cgcom.es/sites/main/files/files/2022-03/codigo_deontologia_medica.pdf
Sin embargo, dada la laxitud actual ante las pseudoterapias, y que los raros eventos en los que un Colegio decide sancionar a un colegiado que lleva a cabo este tipo de comportamientos han terminado jurídicamente revocados, probablemente no pueda esperarse mucho recorrido por parte de estas denuncias. Con todo, siempre es mejor que al menos quede constancia de ese comportamiento adeontológico.
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