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Barres
Experto en religión (Religión, Ética y Filosofía)
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Valoración aportada el 30-12-2024
La Iglesia Católica española no recibe dinero por el número de personas bautizadas. La Iglesia Católica se financia con lo que el Estado le transmite de las declaraciones de la renta de los ciudadanos que así lo señalan, las donaciones de personas físicas y jurídicas, los convenios de colaboración con las administraciones en materias sanitarias, educativas, asistenciales...
Valoración aportada el 03-01-2025
La Iglesia Católica en España, al igual que en la mayoría de Estados miembros de la UE, no recibe dinero por el número de personas bautizadas. El Ministerio de Hacienda ofrece la posibilidad de que quienes lo deseen (incluso si no están bautizados) pidan destinar el 0,7% del importe de su declaración anual de la renta de las personas físicas (IRPF) a la Iglesia Católica.
Existe una casilla específica en el impreso de Declaración del IRPF anual que pueden marcar los interesados en que ese sea el destino de su 0,7%. En caso de no marcar dicha casilla, el Estado destinará ese porcentaje a ONG's. Aunque también existe otra casilla para pedir específicamente ese fin. Además, si el contribuyente lo desea, puede marcar las dos casillas, la de la Iglesia y la de fines sociales.
Esto es así desde 1988, según está regulado en la Disposición Adicional Quinta de la Ley 33/1987, de 23 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado. Publicada en el BOE-A-1987-28404. Esta decisión se tomó por Acuerdo entre el Gobierno de España y la Santa Sede en 1979, al entrar en vigor la Constitución de 1978. Desde 1979 a 1987 se aplicó un proceso transitorio sobre la aportación del Estado a la Iglesia y ni siquiera en esos años se tuvo en cuenta el número de bautizados, sino que la asignación estatal se producía en función las necesidades económicas de la Iglesia (número de templos, de sacerdotes, de instituciones, etc.) y del nivel de donaciones voluntarias de los fieles a lo largo del año.
Excepcionalmente, hay Estados de la UE, como Alemania y Austria, que sí proporcionan recursos a la Iglesia Católica en función del número de fieles. Pero aún, en estos casos, ha de ser con el consemiento expreso y firmado del bautizado. Es el llamado, impuesto eclesiástico (Kirchensteuer), que tanto en el caso alemán como en el austríaco son totalmente voluntarios. Oscilan entre el 7 y el 8% de la renta de la persona y varían según las regiones o diócesis de cada uno de esos países. Otro tanto ocurre con las demás iglesias cristianas u otras confesiones religiosas presentes en esos países.
Existe una casilla específica en el impreso de Declaración del IRPF anual que pueden marcar los interesados en que ese sea el destino de su 0,7%. En caso de no marcar dicha casilla, el Estado destinará ese porcentaje a ONG's. Aunque también existe otra casilla para pedir específicamente ese fin. Además, si el contribuyente lo desea, puede marcar las dos casillas, la de la Iglesia y la de fines sociales.
Esto es así desde 1988, según está regulado en la Disposición Adicional Quinta de la Ley 33/1987, de 23 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado. Publicada en el BOE-A-1987-28404. Esta decisión se tomó por Acuerdo entre el Gobierno de España y la Santa Sede en 1979, al entrar en vigor la Constitución de 1978. Desde 1979 a 1987 se aplicó un proceso transitorio sobre la aportación del Estado a la Iglesia y ni siquiera en esos años se tuvo en cuenta el número de bautizados, sino que la asignación estatal se producía en función las necesidades económicas de la Iglesia (número de templos, de sacerdotes, de instituciones, etc.) y del nivel de donaciones voluntarias de los fieles a lo largo del año.
Excepcionalmente, hay Estados de la UE, como Alemania y Austria, que sí proporcionan recursos a la Iglesia Católica en función del número de fieles. Pero aún, en estos casos, ha de ser con el consemiento expreso y firmado del bautizado. Es el llamado, impuesto eclesiástico (Kirchensteuer), que tanto en el caso alemán como en el austríaco son totalmente voluntarios. Oscilan entre el 7 y el 8% de la renta de la persona y varían según las regiones o diócesis de cada uno de esos países. Otro tanto ocurre con las demás iglesias cristianas u otras confesiones religiosas presentes en esos países.
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