RESPUESTAS EXPERTAS
DE LA COMUNIDAD
2 PISTAS DE PERSONAS CON SUPERPODERES
Bitor
Experto en derecho (Derecho y justicia)
0
0 valoraciones
Valoración aportada el 22-04-2025
No pueden exigírtelo, con autorización judicial está complicado que pueda exigirse de manera efectiva. Uno de los derechos garantizados es el de no declarar contra sí mismo, con lo cual no debería ser admisible exigirme dichos códigos de desbloqueo (móvil, ordenador o tablet) sin perjuicio de que ellos intenten acceder a dichos datos previa autorización a través de sus propios mecanismos.
FRAN
Experto en derecho administrativo (Derecho y justicia)
0
0 valoraciones
Valoración aportada el 23-04-2025
En España no estás legalmente obligado a proporcionar la contraseña de tu teléfono móvil en un juicio, incluso si existe una orden judicial. El derecho a no declarar contra uno mismo y a no confesarse culpable está protegido por el artículo 24.2 de la Constitución Española. Obligarte a revelar tu contraseña podría vulnerar este derecho fundamental.
Además, el artículo 18.3 de la Constitución garantiza el secreto de las comunicaciones, estableciendo que solo puede ser levantado mediante resolución judicial. Sin embargo, este precepto se refiere principalmente a las comunicaciones en curso, no necesariamente a los datos almacenados en el dispositivo.
La jurisprudencia española ha abordado casos relacionados con el acceso a dispositivos electrónicos. Por ejemplo, en la Sentencia 80/2024 del Tribunal Constitucional, se discutió la imposibilidad de desbloquear el teléfono móvil del acusado para comprobar una grabación relevante en el caso. Aunque no se obligó al acusado a proporcionar su contraseña, el tribunal reconoció la importancia de las pruebas digitales en el proceso penal.
En la práctica, si te niegas a proporcionar tu contraseña, las autoridades pueden intentar acceder al dispositivo mediante técnicas forenses, siempre que exista una autorización judicial que lo permita. No obstante, no pueden obligarte legalmente a revelar tu contraseña.
En resumen, en España, no estás legalmente obligado a proporcionar la contraseña de tu teléfono móvil en un juicio. Hacerlo es una decisión voluntaria y negarte a hacerlo no constituye un delito ni puede ser sancionado legalmente.
Además, el artículo 18.3 de la Constitución garantiza el secreto de las comunicaciones, estableciendo que solo puede ser levantado mediante resolución judicial. Sin embargo, este precepto se refiere principalmente a las comunicaciones en curso, no necesariamente a los datos almacenados en el dispositivo.
La jurisprudencia española ha abordado casos relacionados con el acceso a dispositivos electrónicos. Por ejemplo, en la Sentencia 80/2024 del Tribunal Constitucional, se discutió la imposibilidad de desbloquear el teléfono móvil del acusado para comprobar una grabación relevante en el caso. Aunque no se obligó al acusado a proporcionar su contraseña, el tribunal reconoció la importancia de las pruebas digitales en el proceso penal.
En la práctica, si te niegas a proporcionar tu contraseña, las autoridades pueden intentar acceder al dispositivo mediante técnicas forenses, siempre que exista una autorización judicial que lo permita. No obstante, no pueden obligarte legalmente a revelar tu contraseña.
En resumen, en España, no estás legalmente obligado a proporcionar la contraseña de tu teléfono móvil en un juicio. Hacerlo es una decisión voluntaria y negarte a hacerlo no constituye un delito ni puede ser sancionado legalmente.
OTRAS PISTAS
DE LA COMUNIDAD