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2 PISTAS DE PERSONAS CON SUPERPODERES
Irene
Experto en inmigración (Sociología)
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Valoración aportada el 12-02-2024
Te redirijo directamente al BOE: Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2000-544
Raquel
Experto en inmigración (Sociología)
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Valoración aportada el 22-02-2024
Es muy importante usar los términos correctos. Emigrante es aquella persona que, en este caso, abandonaría España para irse a otro país.
Quien llega al "Estado Español" es una persona inmigrante porque abandona su país de origen para instalarse temporal o definitivamente en nuestro país.
Quien llega al "Estado Español" es una persona inmigrante porque abandona su país de origen para instalarse temporal o definitivamente en nuestro país.
En general son personas migrantes quienes abandonan su pueblo, su ciudad o su país de origen para asentarse en otro pueblo, ciudad o país. Por tanto, la migración puede ser interna (sin abandonar el país de origen) o internacional (traspasando las fronteras).
Los derecho y libertades aparecen recogidos en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Siempre y cuando sean personas de terceros países distintos de los que integran la Unión Europea.
Si quienes llegan provienen de países integrantes de la UE deberán acogerse la normativa siguiente: Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
Régimen de los ciudadanos de la UE
Régimen de los ciudadanos de la UE
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