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Monty
Experto en derecho tributario (Derecho y justicia)
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Valoración aportada el 22-01-2024
La normativa del IRPF no exige que la nueva vivienda habitual esté en territorio español. Basta con que el contribuyente sea residente en España en el momento de la enajenación de la vivienda habitual. Para más detalles ver la Consulta vinculante V3160- 18 de la Dirección General de Tributos.
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